El artículo 98 del Estatuto de la Corte Penal Internacional: renuncia a la inmunidad y consentimiento a la entrega. Los acuerdos bilaterales de EE.UU. ¿Una celada que limita la competencia de la Corte y pone en riesgo su efectividad?
Fecha
Palabra(s) clave
Editorial
ISBN
Resumen
Trabajo Fin de Máster (2004). Dirección: Juan Miguel Ortega Terol. A comienzos del siglo XXI, Estados Unidos de América y otros Estados han llevado a cabo una politizada interpretación de ciertos artículos clave del Estatuto de Roma, a fin de limitar la jurisdicción y efectividad de la Corte Penal Internacional. A raíz de ello, interrogantes de índole adjetiva y subjetiva agobian al nuevo arquetipo judicial tras la propagación de problemas nada simples como el forum shopping, la jurisdicción universal, la desconfiguración del principio de complementariedad, la carencia de una definición del crimen de agresión, la injerencia desmedida del Consejo de Seguridad en las actividades de la Corte y las inmunidades de Derecho internacional, pero sobre todo, la celebración de tratados bilaterales que USA ha venido pactado y negociado con los diferentes gobiernos de la Comunidad Internacional, bajo los cuales pretende otorgar impunidad a un cúmulo de personas entre los que destacan sus elementos militares, a fin de que los mismos no puedan ser juzgados en caso de que cometan crímenes internacionales por la Corte Penal Internacional. El presente trabajo analiza todas las problemáticas antes referidas, particularmente, las derivadas del artículo 98 del Estatuto de Roma, a fin de reflexionar y proponer diversos planteamientos que guían a superarlas, bajo el objetivo de contribuir a consolidar el eficaz desempeño de la Corte Penal Internacional.
Trabajo Fin de Máster (2004). Dirección: Juan Miguel Ortega Terol. A comienzos del siglo XXI, Estados Unidos de América y otros Estados han llevado a cabo una politizada interpretación de ciertos artículos clave del Estatuto de Roma, a fin de limitar la jurisdicción y efectividad de la Corte Penal Internacional. A raíz de ello, interrogantes de índole adjetiva y subjetiva agobian al nuevo arquetipo judicial tras la propagación de problemas nada simples como el forum shopping, la jurisdicción universal, la desconfiguración del principio de complementariedad, la carencia de una definición del crimen de agresión, la injerencia desmedida del Consejo de Seguridad en las actividades de la Corte y las inmunidades de Derecho internacional, pero sobre todo, la celebración de tratados bilaterales que USA ha venido pactado y negociado con los diferentes gobiernos de la Comunidad Internacional, bajo los cuales pretende otorgar impunidad a un cúmulo de personas entre los que destacan sus elementos militares, a fin de que los mismos no puedan ser juzgados en caso de que cometan crímenes internacionales por la Corte Penal Internacional. El presente trabajo analiza todas las problemáticas antes referidas, particularmente, las derivadas del artículo 98 del Estatuto de Roma, a fin de reflexionar y proponer diversos planteamientos que guían a superarlas, bajo el objetivo de contribuir a consolidar el eficaz desempeño de la Corte Penal Internacional.