La precariedad laboral en la administración pública : el personal laboral "indefinido no fijo"
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Editorial
Resumen
Trabajo Fin de Máster en Dirección y Gestión de Personas (2020-21). Tutora: Dra. Dª. María Luisa Pérez Guerrero. El presente trabajo tiene como objetivo analizar la precariedad laboral en la Administración Pública y, muy especialmente, la creación jurisprudencial del personal laboral <<indefinido no fijo>> y su evolución hasta nuestros días. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha pretendido poner orden ante el grave problema que genera la contratación temporal irregular en la Administración Pública, creando la figura del indefinido no fijo, referido a empleados públicos que “no podían ser declarados temporales por razones de índole laboral, ni tampoco pueden ser declarados fijos de plantilla por no haber superado las pruebas de acceso y los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.”1 Al mismo tiempo, las últimas Sentencias del TJUE con base en la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999 han puesto de manifiesto la precariedad laboral en el sector público español. Aunque no se disponen de datos fiables, algunas fuentes calculan un volumen próximo a 800.000 afectados. Esto ha obligado al Gobierno a aprobar el Real Decreto Ley 14/2021, de 6 de julio, con el fin de incorporar en la legislación básica medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público.
Trabajo Fin de Máster en Dirección y Gestión de Personas (2020-21). Tutora: Dra. Dª. María Luisa Pérez Guerrero. El presente trabajo tiene como objetivo analizar la precariedad laboral en la Administración Pública y, muy especialmente, la creación jurisprudencial del personal laboral <<indefinido no fijo>> y su evolución hasta nuestros días. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha pretendido poner orden ante el grave problema que genera la contratación temporal irregular en la Administración Pública, creando la figura del indefinido no fijo, referido a empleados públicos que “no podían ser declarados temporales por razones de índole laboral, ni tampoco pueden ser declarados fijos de plantilla por no haber superado las pruebas de acceso y los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.”1 Al mismo tiempo, las últimas Sentencias del TJUE con base en la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999 han puesto de manifiesto la precariedad laboral en el sector público español. Aunque no se disponen de datos fiables, algunas fuentes calculan un volumen próximo a 800.000 afectados. Esto ha obligado al Gobierno a aprobar el Real Decreto Ley 14/2021, de 6 de julio, con el fin de incorporar en la legislación básica medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público.