Valoración Médica del Daño Corporal
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Trabajo académicoConsetimiento Informado. Doctrina del Tribunal Supremo(Universidad Internacional de Andalucía, 2013) Loring Martínez de Irujo, Pedro; Loring Martínez de Irujo, PedroTrabajo Fin de Máster (Curso 2012/2013). Dirección: José Manuel Burgos Moreno y José Luis de la Fuente Madero. Tutora: Blanca Sillero Crovetto. ÍNDICE: Definición. Revisión histórica del Consentimiento Informado. Etapas (Voluntario, Informado, Válido y Autentico). Legislación Española. Fundamentos (Éticos, Médicos, Legales). Características del Consentimiento Informado (Titular, Tiempo, Forma, Objeto). Contenido y Límites. Consentimiento Desinformado. Desinformación y Responsabilidad. Conclusiones.
Trabajo académicoEstudio de la patología traumática por accidente de tráfico en la Comunidad Autónoma de Andalucía: especial atención al esguince cervical(Universidad Internacional de Andalucía, 2013) Rodríguez Carrión, José; Estrado Jurado, Francisco José; Estrado Jurado, Francisco José; Rodríguez Carrión, JoséTrabajo Fin de Máster. Tutores: José Luis de la Fuente Madero y José Manuel Burgos Moreno. En Andalucía, hombres y mujeres padecen en la misma medida accidentes de tráfico en los que se producen lesiones, y la mayoría en el entorno de los 35 años. Los hombres los padecen más como conductores de turismo y las mujeres como acompañantes.Son los desempleados y quienes se dedican a actividades manuales los más propensos a padecer accidentes con secuelas y son los más jóvenes quienes menos días impeditivos y de rehabilitación necesitaron. En cuanto al mecanismo de producción de los accidentes, el alcance posterior con el vehículo parado y la colisión lateral son los principales, siendo la posición de conductor de turismo y su acompañante las más peligrosas en lo que al número de secuelas se refiere. Entre quienes presentaban lesiones cervicales, a menor gravedad de las mismas, más días impeditivos y no impeditivos así como sesiones de rehabilitación necesitaron. Además, la mayoría, más de dos tercios, de quienes presentan lesiones en el cuello no presentan ningún otro tipo de lesiones no cervicales, lo que produce una desproporción inexplicable entre la gravedad de las lesiones externas y la de las lesiones internas que nos inducen a pensar en el buen criterio de quienes han bautizado este tipo de lesiones como “cuponazo cervical”.
Trabajo académicoOrientaciones y criterios a usar para la aplicación del artículo 140 de la Ley 35/2015 de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en el accidente de circulación : perjucio personal particular causado por intervenciones quirúrgicas(Universidad Internacional de Andalucía, 2016) González Villalón, José María; González Villalón, José MaríaTrabajo Fin de Máster en Valoración Médica del Daño Corporal. Tutor: David Rubiño López. La nueva ley 35/2015 de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en el accidente de circulación, contiene nuevos conceptos resarcitorios que no están recogidos en el Baremo vigente. Uno de éstos nuevos conceptos, es el contenido en el artículo 140, que literalmente dice: artículo 140: “Perjuicio personal particular causado por intervenciones quirúrgicas. El perjuicio personal particular que sufre el lesionado por cada intervención quirúrgica a la que se someta se indemniza con una cantidad situada entre el mínimo y el máximo establecido en la tabla 3.B*, en atención a las características de la operación, complejidad de la técnica quirúrgica y tipo de anestesia”. La citada la tabla 3.B, nos da un rango de valoración que oscila entre un mínimo de 400 € y un máximo de 1.600 €, aunque no da las normas concretas para su valoración como sí ocurre con los artículos precedentes de Perjuicio Personal Particular. Con el presente trabajo se pretende dar unas orientaciones para conseguir unificar y evitar la discrecionalidad en la aplicación de éste concepto indemnizatorio.
