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Cláusulas abusivas en los contratos de préstamo hipotecario. Especial referencia a las denominadas "cláusulas suelo"
dc.contributor.author | García-Serón Atencia, Paloma | |
dc.date.accessioned | 2016-02-23T11:05:25Z | |
dc.date.available | 2016-02-23T11:05:25Z | |
dc.date.issued | 2016 | |
dc.identifier.isbn | 978-84-7993-716-4 | |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/10334/3570 | |
dc.description | 44 páginas. | es |
dc.description.abstract | Trabajo Fin de Curso de Experto Universitario en Derecho Bancario (2014/15). Directora/Tutora: Patricia Márquez Lobillo. El objeto de este trabajo es el examen de la evolución jurídica de las cláusulas abusivas, y en especial de las cláusulas suelo, desde las primeras cuestiones prejudiciales planteadas sobre su legalidad y la posible consideración de abusivas y en consecuencia, nula. He elegido esta temática puesto que se están produciendo muchas modificaciones normativas, doctrinales y jurisprudenciales respecto de las cláusulas que forman parte de los préstamos con garantía hipotecaria. Por ello se ha convertido en un tema de rabiosa actualidad y de continua controversia en Juzgados y Tribunales, por lo que entiendo que es más que necesaria organizar todos los pronunciamientos que se han hecho respecto de estas cláusulas para entender cuándo son consideradas abusivas y por ende, nulas. En primer lugar, he iniciado el proyecto clarificando el concepto de cláusula suelo, seguido de toda la normativa que regula la protección del consumidor así como la trasposición de las Directivas Europeas. Una vez aclarados los conceptos, he analizado la primera sentencia del Tribunal Supremo que se pronunció respecto de la cláusula suelo. En un primer término, me he centrado en explicar los antecedentes de hecho que hicieron llegar al Alto Tribunal a fijar doctrina respecto de las cláusulas suelo. Posteriormente, he analizado la legitimación activa de la asociación de consumidores AUSBANC, que fueron los que promovieron una acción colectiva de cesación de condiciones generales de contratación, en la que solicitaba la declaración de nulidad por tener carácter abusivo, de las condiciones generales de contratación consistentes en las cláusulas de los contratos de préstamo hipotecario a interés variable que establecen un tipo mínimo de interés o un tipo mínimo de referencia solicitando la condena de las demandadas a eliminar dichas condiciones generales de contratación y abstenerse de utilizarlas en el futuro. Seguidamente, he seguido examinando la Sentencia de 9 de mayo de 2013 en cuanto a que es considerada como condición general de la contratación y configuradora del precio del préstamo hipotecario. Así mismo, he explicado la problemática existente en cuanto a la apreciación de oficio de las cláusulas abusivas por parte del órgano jurisdiccional en la normativa española. Particularmente, me he detenido para explicar el doble control de transparencia, que fija la Sentencia de 9 mayo de 2013, que deben superar las cláusulas suelos para ser considerada legales. Respecto de la sentencia de 9 de mayo de 2013, he concluido explicando las dudas respecto de la devolución de las cantidades que no aclaro el Tribunal Supremo en su fallo. De ahí que desde entonces, la interpretación de los Juzgados y Tribunales (jurisprudencia menor) ha sido variada. En vista de ello, el Tribunal Supremo se ha pronunciado de nuevo para aclarar que, cuando en aplicación de la doctrina fijada en su sentencia del Pleno de 9 de mayo de 2013, se declare abusiva y, por tanto, nula una cláusula suelo inserta en un contrato de préstamo con tipo de interés variable, procederá la restitución al prestatario de los intereses que hubiese pagado en aplicación de dicha cláusula a partir del 9 de mayo de 2013. Sin embargo, a pesar de que se ha fijado la irretroactividad de la devolución de las cantidades, existe un voto particular que discrepa el criterio seguido por el Tribunal Supremo en esta sentencia de 25 de marzo de 2015. En vista de las advertencias por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea así como de la importancia de la Sentencia de 9 de mayo de 2013, España se ha visto obligada a modificar su legislación en trasposición de las Directivas Europeas. En particular, respecto de las cláusulas suelo hay que destacar la importancia de la aprobación de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social. Además, en este trabajo se ha pretendido reflejar las dudas que continúan existiendo y que desembocan y probablemente, seguirán desembocando en el futuro en nuevas resoluciones sobre este asunto. | es |
dc.language.iso | spa | es |
dc.publisher | Universidad Internacional de Andalucía | es |
dc.relation.ispartofseries | Curso de Experto Universitaro en Derecho Bancario | es |
dc.rights | Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional | * |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/ | * |
dc.subject | Cláusulas suelo | es |
dc.subject | Cláusulas abusivas | es |
dc.subject | Préstamos hipotecarios | es |
dc.subject | Contratos | es |
dc.subject | Derecho bancario | es |
dc.title | Cláusulas abusivas en los contratos de préstamo hipotecario. Especial referencia a las denominadas "cláusulas suelo" | es |
dc.type | masterThesis | es |
dc.rights.accessRights | openAccess | es |