Violencia sexual en conflictos armados : el caso de las comfort women
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Trabajo Fin de Máster en Estudios Contemporáneos sobre Geopolítica, Conflictos Armados y Cooperación Internacional (2022/23). Tutora: Dra. Dª. María Libia Arenal Lora. Este trabajo se ha realizado para visibilizar la cuestión de las comfort women. A través de la investigación de diversos textos académicos, informativos, testimonios de las víctimas y otros tipos de media, se ha conseguido una compresión de la realidad sufrida por estas mujeres. Se ha tratado la evolución que han ido teniendo los distintos tipos de jurisprudencia en el Derecho Penal Internacional en la cuestión de los crímenes de violencia sexual a lo largo de la historia, haciendo hincapié en los que fijaron el ejemplo como son el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia y Ruanda y el Estatuto de Roma. A raíz de este trabajo de investigación se ha llegado a la conclusión de que aún no se ha logrado establecer un tratado común que unifique todos estos instrumentos legales y judiciales, lo que dificulta el acceso a la justicia y la aplicación del derecho penal en los crímenes de violencia sexual. Es necesario destacar la falta de implicación en el aspecto de la reparación histórica por parte del gobierno japonés y la necesidad de las víctimas de ser justamente resarcidas, siendo aún un asunto sin resolver.
Trabajo Fin de Máster en Estudios Contemporáneos sobre Geopolítica, Conflictos Armados y Cooperación Internacional (2022/23). Tutora: Dra. Dª. María Libia Arenal Lora. Este trabajo se ha realizado para visibilizar la cuestión de las comfort women. A través de la investigación de diversos textos académicos, informativos, testimonios de las víctimas y otros tipos de media, se ha conseguido una compresión de la realidad sufrida por estas mujeres. Se ha tratado la evolución que han ido teniendo los distintos tipos de jurisprudencia en el Derecho Penal Internacional en la cuestión de los crímenes de violencia sexual a lo largo de la historia, haciendo hincapié en los que fijaron el ejemplo como son el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia y Ruanda y el Estatuto de Roma. A raíz de este trabajo de investigación se ha llegado a la conclusión de que aún no se ha logrado establecer un tratado común que unifique todos estos instrumentos legales y judiciales, lo que dificulta el acceso a la justicia y la aplicación del derecho penal en los crímenes de violencia sexual. Es necesario destacar la falta de implicación en el aspecto de la reparación histórica por parte del gobierno japonés y la necesidad de las víctimas de ser justamente resarcidas, siendo aún un asunto sin resolver.